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Cheque cruzado
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El cruzamiento de un cheque equivale a
una autorización de cobro otorgada por el girador a favor de una
entidad financiera indeterminada, si es general, o una entidad
financiera expresamente designada, si es especial. El cruzamiento
general puede transformarse en cruzamiento especial y no viceversa.
El cruzamiento de un cheque no afectará su negociabilidad. El cheque
cruzado puede ser únicamente cobrado por entidades supervisadas;
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Cheque
para abono en cuenta:
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El girador, el beneficiario o el
tenedor de un cheque puede evitar que se pague en efectivo
insertando la mención “para abono en cuenta”, o “sólo para depósito”
u otra equivalente. La entidad supervisada girada sólo puede
liquidar el cheque mediante asiento contable lo cual
equivaldrá al pago. La expresión no puede ser suprimida ni borrada;
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Cheque de caja o
cheque de gerencia |
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El cheque expedido y girado por
entidades supervisadas con cargo a sus propias cuentas, debe ser
denominado “cheque de caja” o “cheque de gerencia” y llevará la
inscripción preimpresa de “intransferible”. Este
cheque debe ser nominativo y puede ser depositado para abono en
cuenta en una entidad supervisada distinta del emisor;
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Cheque certificado
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El cheque certificado es aquel en el
que la entidad supervisada girada hace constar la existencia de
fondos disponibles en los límites del importe por el que ha sido
girado. La entidad supervisada girada, a tiempo de certificar un
cheque, debe mantener apartado de la cuenta
este monto para su pago al beneficiario; La certificación de un
cheque será válida por el plazo establecido para su presentación. Al
término de ese plazo, si el cheque certificado no hubiese sido
cobrado, la entidad supervisada girada debe restablecer la
disponibilidad de los fondos en la cuenta del girador en la suma
previamente apartada, eliminando, a su vez, su inclusión en el
registro de cheques certificados de las Cámaras de Compensación y
Liquidación.
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Cheque con talón para
recibo |
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Los cheques con talón para recibo llevan adherido un
talón que debe ser firmado por el tenedor al momento del
cobro. Estos cheques no son negociables;
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Cheque
girado a la orden de la entidad de
intermediación financiera:
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El cheque expedido o endosado a
favor de la entidad supervisada girada, no es negociable;
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Cheque
impreso en máquinas especiales o computarizado
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Los cheques pueden ser impresos
en máquinas especiales o computarizadas, siempre que contengan los
datos necesarios para su validez;
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Cheque
de viajero
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El cheque de viajero debe ser expedido únicamente por las
entidades supervisadas autorizadas al efecto y a su cargo. Son
pagaderos por su establecimiento principal, por las sucursales o los
corresponsales de la entidad supervisada giradora en el país, o en
el exterior;
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Cheque
“payable through”
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Cheques girados contra cuentas
corrientes en dólares, que pueden ser
pagados por una entidad supervisada corresponsal o una agencia de la
entidad supervisada en el exterior, aspecto que no invalida
la calidad de cheques locales, siempre y
cuando se impriman en los domicilios de las entidades supervisadas
giradas y cumplan los demás requerimientos
del Artículo 600 del Código de Comercio;
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